SOBRE NOSOTROS

Moreno Calderón Consultores es una firma consultora especialista en pensiones, nuestro objetivo es defender los derechos y mejorar la calidad de vida de los trabajadores, afiliados a los fondos de pensiones y de sus familias, nuestra experiencia, capacidad, honestidad y eficiencia hacen que seamos su mejor aliado.

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NUESTROS SERVICIOS

Debes reunir las semanas de cotización, la edad requerida o el capital suficiente de acuerdo con el régimen pensional…

Se causa cuando fallece un afiliado al sistema de seguridad social o un pensionado, el derecho les corresponde a los…

Es uno de los beneficios del sistema de pensiones que se concede a todo afiliado que ha sido declarado inválido por…

se reconoce cuando llegamos a la edad de pensionarnos por vejez, pero no acreditamos las semanas mínimas o el…

Esto aplica para la persona que se encontraba cotizando en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida…

Los docentes que paralelamente trabajaron en el sector privado y cotizaron al sistema de pensiones, tienen derecho…

Este servicio aplica cuando al analizar las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral de una persona…

Por la inadecuada información suministrada al momento del traslado de régimen pensional…

En el régimen de prima media a cargo de Colpensiones, las personas se pensionan cuando han cotizado 1.300 semanas y han cumplido la edad requerida, esto es 57 años en el caso de las mujeres y 62 años para los hombres.

Aunque 1.300 semanas es el número requerido para pensionarse, el afiliado puede seguir cotizando más semanas a fin de incrementar el monto de su pensión.

Con 1.300 semanas el afiliado tiene derecho a pensionarse con el 65% de IBL, y por cada 50 semanas adicionales ese porcentaje se incrementa en 1.5% hasta llegar al 80%, y en consecuencia, entre más semanas cotice mayor será su mesada pensional.

En caso de que un afiliado o pensionado fallezca, la pensión se asigna a quien o quienes acrediten la calidad de beneficiarios. Entre ellos están el cónyuge o companer(a) permanente, hijos menores de edad, hijos estudiantes entre 18 y 25 años de edad, padres o hermanos inválidos que dependían económicamente del pensionado o afiliado.  

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